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Las papeletas y la convocatoria a la constituyente – Una historia por contar

Por: Camilo González Posso - Presidente de Indepaz, Bogotá D.C. 5/07/2025


Se vuelve a hablar de papeleta y de constituyente. Ha sido un tema recurrente desde el final de siglo, cada vez que se está ante grandes encrucijadas o serias crisis.


En estos 34 años en Indepaz hemos publicado cada año reseñas sobre el proceso constituyente de los años 80 y sobre la importancia y cambios en la Constitución Política de Colombia promulgada el 5 de julio de 1991. En ocasión del veinte aniversario en el Centro de Memoria, Paz y Reconciliación publiqué un libro con aportes de casi todos los constituyentes y algunos ensayos en los cuales presento mi testimonio como partícipe en los acontecimientos y mesas de pacto que antecedieron la elección y funcionamiento de la Asamblea Constituyente. (ver www.indepaz.org.co Memorias de la democracia y la paz).


Mi memoria, parcial como todas, retoma experiencias directas. Participé en 1985 y 1989 en las comisiones del diálogo para los acuerdos con el M19, en la comisión preconstituyente, en el grupo redactor de la papeleta por la constituyente en diciembre de 1989 y en enero de 1990, en las conversaciones para el decreto sobre Asamblea Constitucional que redactó Marcela Romero como jurídica de la presidencia de la República; también como delegado de la Alianza Democrática – M19 en la firma del acuerdo que permitió la convocatoria a la Asamblea Constituyente y que se formalizó en sentencia de la Corte Suprema y en la votación de diciembre de 1990.


En 1990 se dieron tres votaciones por la Constituyente. La primera el 11 de marzo, que se conoció como Séptima Paleta, en día de elección al Congreso y a cuerpos colegiados territoriales, la segunda el 27 de mayo con la elección de presidente y la tercera el 9 de diciembre 1990.


Este 1990 fue un año de grandes contradicciones marcadas por la crisis institucional y de violencias con ascenso del terrorismo narcotráficante, la persistencia del genocidio a la UP y al mismo tiempo por la emergencia del movimiento por la paz y la democracia que respondió a la crisis y a los asesinatos de los candidatos presidenciales Luis Carlos Galán, Carlos Pizarro Leongomez y Bernardo Jaramillo.


¿De quién fue la iniciativa de redactar y llamar a meter una papeleta proconstituyente en las urnas?



Hay columnas de opinión y frases “de oídas” que dicen solo que fue idea surgida desde profesores y estudiantes universitarios. Es la narración más frecuente y parte de la historia. No se conoce, o se reconoce menos, que en realidad desde diciembre de 1989 se había publicado el primer texto de papeleta en el periódico de FUTRABOC en Bogotá. Este texto fue redactado por el grupo de la revista Debate en SintraIdema y Dagoberto Quiroga se encargó de llevarlo a Santo Domingo, a Carlos Pizarro, como alternativa ante la caída de la reforma constitucional que hundió parte clave del acuerdo de paz. Otra versión que llegó a Santo Domingo en diciembre de 1989 fue redactada por el equipo de apoyo al Diálogo Nacional y llevada a Santo Domingo por Alberto Caicedo, quien era delegado del M19 en ese Diálogo que sesionó en las instalaciones del Congreso de la República entre febrero y junio de 1989. En enero apareció en el Espectador la propuesta del Comité proconstituyente, tal como lo relata el constitucionalista Santiago Peña en su columna del 2 de febrero de 1990. (Ver Memorias para la democracia y la Paz, pag.88, CMPR 2012).


En la reunión del Comité proconstituyente realizada en la sede de la Democracia Cristiana a finales de enero de 1990, llegaron el entonces profesor de la Universidad de los Andes Fernando Carrillo y el estudiante Oscar Ortiz y expresaron su acuerdo con la propuesta. Manifestaron que tenían algunas sugerencias de redacción y en efecto hicieron una nueva versión en reunión con directivos de la facultad de derecho de la Universidad del Rosario y estudiantes impulsores de la idea. Esa versión fue la que llevaron a El Tiempo, con el apoyo de D/Artañan, lo que derivó en la inicial divulgación de dos textos. (GonzalezPosso, 2005).


Así que a la pregunta de ¿Quiénes propusieron la hoy recordada Séptima Papeleta? Que es una pregunta distinta a la de quienes promovieron la Constituyente desde los años 70 y los diálogos de 1984, hay que responder que fueron muchas manos que interpretaron un momento crucial desde diversos sectores: unos empeñados en darle posibilidad a la paz y superar la crisis del acuerdo con el M19, otros buscando respuesta a la crisis de violencia e institucional que se manifestó en el asesinato de Luis Carlos Galán y otros, desde el movimiento universitario y democrático. El estudiantado se colocó a la vanguardia de la convocatoria, como se vio en el Congreso Universitario y en el centro estudiantil de mando que tuvo su sede en el CINEP.


No es detalle menor recordar que parte de las papeletas que se repartieron el 11 de marzo para que fueran llevadas a las mesas de votación, fueron impresas con recursos que aportó el Provincial de los Jesuitas y otros de la campaña electoral de Carlos Pizarro entregados a la gerencia de esa campaña por la presidencia de la República con autorización del presidente Virgilio Barco y del Secretario General de la presidencia, Germán Montoya. En El Tiempo, El Espectador y otros diarios se publicó el texto para que la gente interesada lo recortara.



Como es sabido, la Séptima Papeleta por la Asamblea Constituyente no fue contada en las mesas de votación pues no estaba oficialmente autorizada, fue un hecho ciudadano después reconocido como una manifestación de soberanía popular, un hecho extrainstitucional, por encima y a pesar de la Constitución vigente de 1886. La Corte Suprema de Justicia, en la sentencia 59 de mayo de 1990, calificó ese voto como “mandato popular” o “clamor popular” a favor del cambio institucional mediante una Asamblea Constituyente. No le dio el carácter de hecho constituyente, pero sí de fundamento para nuevas medidas del gobierno hacia alternativas de participación (CSJ, 1990).


La segunda papeleta. La que sí fue contabilizada fue la papeleta a favor de una Asamblea Constitucional que fue propuesta por el gobierno de Barco mediante el decreto 927 de 1990. La tras escena de esa iniciativa está por contar. Ese decreto autorizó a la Registraduría a contabilizar los votos y a colocar en cada mesa de votación la tarjeta electoral diciendo Sí o No a la Asamblea Constitucional para reformar la constitución política de Colombia.


Ese 27 de mayo el voto por la Asamblea Constitucional fue superior al que llevó a Cesar Gaviria a la presidencia de la República y alcanzó el 88% del total de votos. La determinación política del presidente Barco para impulsar la Asamblea, tal como lo señala el decreto, busca dar respuesta a la grave situación de orden público con atentados al orden constitucional, atiende a la decisión de M19, del EPL, Quintín Lame y PRT de buscar la paz con una Asamblea Constituyente (ver Sentencia 59, CSJ 1990).


En las conversaciones sostenidas para la elaboración del decreto, la Secretaria Jurídica de la Presidencia Marcela Romero de Silva, con el respaldo del Secretario General German Montoya, sostuvo que esa tarjeta solo daba una autorización a la Registraduría para contar esos votos y que para delimitar el alcance de la asamblea a los términos del acuerdo político se le daba la denominación de Constitucional y no de Constituyente. El enfoque jurídico de ese decreto de Estado de Sitio fue clave del éxito para que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia diera su concepto favorable.


El respaldo del gobierno Barco y todas las consideraciones sobre la importancia de la Asamblea para superar la crisis de violencias y avanzar al logro de la paz, fue rubricado por todos los ministros, entre los cuales estaba Eduardo Diaz Uribe, ministro de Salud.


La tercera papeleta. Después del voto del 27 de mayo vino el decreto 1926 del 24 de agosto de 1990, firmado por el nuevo presidente Cesar Gaviria y su gabinete de ministros entre los cuales se encontraba Antonio Navarro Wolff como ministro de Salud. Este  decreto es crucial porque convoca  a votar por la Asamblea


Constitucional el 9 de diciembre de 1990 y define el contenido del voto que, al tiempo con la elección de los delegados, busca institucionalizar el acuerdo político que define la composición, forma de elección, tiempo de funcionamiento y alcance de las reformas a la constitución. Ese acuerdo político fue construido en largas reuniones en la presidencia de la República, con asistencia del presidente Gaviria, ministros, asesores, representantes de los partidos con asiento en el Congreso, delegados de la Alianza Democrática – M19 (Antonio Navarro hasta su paso al ministerio, Camilo Gonzalez Posso y Otto Ñañez hasta la firma del acuerdo).


Como han destacado constituyentes, políticos y académicos, la sentencia de la Corte Suprema de Justicia sobre la constitucionalidad del decreto 1926/1990, tiene la trascendental importancia de haber dado el carácter de Asamblea Constituyente a lo que se había votado en 27 de mayo como Asamblea Constitucional: en la sentencia 138 del 9 de octubre de 1990 la Corte establece la constitucionalidad del decreto pero declaró inexequible, entre otros, la limitación en el temario de la Asamblea y el control posterior que el acuerdo político incorporado al voto le asignaba a la misma Corte. En otras palabras, le reconoce el carácter de Constituyente Soberana, cuestionando incluso la limitación a la democracia participativa que establece el voto del 27 de mayo. Al mismo tiempo la sentencia valida la regulación establecida en aspectos formales de la constitución y términos de la asamblea.


En la base de toda la jurisprudencia que se estableció en 1990 está la reivindicación de la soberanía popular y la primacía del constituyente primario unidas al gran propósito de propiciar la paz. La constitución de 1886 ha muerto, fue la consigna que sonó en el Capitolio el 5 de julio de 1991. Ya en el artículo 3 de la nueva carta política se había establecido que “la soberanía reside exclusivamente en el pueblo”.


En rigor este proceso constituyente fue una revolución por la paz que fue posible por la emergencia de un movimiento democrático, con un amplio acuerdo nacional pluralista.


No es suficiente con contar una o diez veces esta historia de las tres papeletas de 1990. Hay que hilarla con otras que ya son de frecuente uso y con las que siguen en silencio. Hay que repetirla cuantas veces sea necesario para que se vuelva sentido común y parte de la memoria histórica.

 
 
 

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